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Curso Práctico de Gestión de Nóminas

Supuesto práctico 001 Alta integral de una empresa

Calcular la Nómina

El cálculo de la nómina debe efectuarse mensualmente o cuando se produce la baja del perceptor en el sistema.
Con este proceso el programa calcula todos los datos necesarios tanto para pagar al perceptor como para liquidar las cotizaciones a Seguridad Social y las retenciones por el IRPF a la Agencia Tributaria.
Obtiene la cuantía líquida a pagar al perceptor, después de descontar las cuotas de cotización, la retención del IRPF y cualquier otro concepto a cargo del mismo, por posibles incidencias.
Este proceso es completamente automático y se pueden observar los resultados en todos sus detalles, incluidas las cotizaciones empresariales, en la pestaña "Coste, cuotas, bases, etc." de la ficha del perceptor y en algunos informes como "Ficha de Haberes" o "Cuadrante de Nómina".
Enseguida se puede visualizar e imprimir la hoja de salarios.
Esta tarea puede solicitarse desde la pestaña de "Tareas Habituales", con la posibilidad de seleccionar más de un perceptor, o bien desde la ficha del perceptor.

Calculando la primera nómina. Ventana de conceptos de nómina vacia
La imagen muestra el contenido de la pestaña "Conceptos Nómina". En las casillas de la columna "Cuantías Previstas" están grabadas las correspondientes a un mes completo. En este caso las pagas extraordinarias de Verano y Navidad se van a liquidar mensualmente.
Pulsar el botón "Calcular Paga" para inciar el cálculo.



Calculando la primera nómina. Solicita fecha de cállculo
Solicita la fecha de cálculo. Se puede anotar cualquier fecha.
En caso de repeticiones de cálculo de nóminas anteriores, el programa advertirá de las consecuencias, por ejemplo la posibilidad de que las cuantías previstas actuales no coincidan con las utilizadas en el cálculo anterior y teniendo en cuenta que los nuevos resultados van a sustituir a los anteriores, solicitará confirmación, ante la posibilidad de que ya se hayan efectuado las liquidaciones a cuenta (modelo 110) del IRPF  a la Agencia Tributaria y de que si se lleva a cabo el cálculo podría no cuadrar la liquidación definitiva modelo 190 que se hace a final de año.  



Calculando la primera nómina. Fin del cálculo. Solicitar Hoja de Salarios
Tras el cálculo de la nómina se rellenan automáticamente las casillas de las columnas "Cuantía Calculada". En este ejemplo coinciden con las previstas por no haber incidencias y tratarse de un mes completo con conceptos de nómina de periodicidad mensual.
En la parte superior izquierda puede 
Pulsar el botón "Hoja de Salarios" para visualizar la hoja. >



Calculando la primera nómina. Hoja de salarios, herramientas
Se visualiza la hoja de salarios.
En la parte superior izquierda del visor se encuentran un grupo de botones "caja de herramientas" con varias utilidades, por ejemplo la de exportar o grabar un fichero (Export Report) en alguno de los formatos más popularizados como "pdf" o "doc", que pueden adjuntarse a un correo electrónico.
Como siempre, basta con situar el cursor encima de dichos botones, para conocer su utilidad.



Calculando la primera nómina. Hoja de salarios
La hoja de salarios está dividida en tres partes: Cabecera, Cuerpo y Pie:

  • Cabecera,
Contiene los datos contractuales entre el pagador y el perceptor y otros complementarios para identificación de la paga que se está liquidando.
  • Cuerpo
Esta parte de la hoja no tiene un contenido predeterminado, sino que va adaptándose a las características del convenio o paga y a las incidencias del periodo que se está liquidando.
Deben detallarse todos los conceptos de nómina que el trabajador ha adquirido derecho a percibir (devengos) y cualquier deducción que se le practique para finalmente obtener el importe líquido.
Se ha procurado que la presentación de la liquidación sea lo más clara posible, en este ejemplo sin incidencias, pueden observarse dos agrupaciones para los devengos y una para las deducciones:
Percepciones Salariales Conceptos de nómina de carácter salarial y por tando cotizables, se reciben como contraprestación a la realización del trabajo.
Percepciones no Salariales Son las cuantías no sujetas a cotización, que se reciben como complemento para poder llevar a cabo el trabajo, como por ejemplo transporte o dietas. Normalmente vienen indicadas en los convenios colectivos y en cualquier caso, nunca deben superar los topes establecidos anualmente, según se ha descrito en la parte teórica de este curso (IPREM, SMI, etc.).
Deducciones Aparecen bajo el título de "Deducciones a la Seguridad Social e impuestos a cargo del perceptor", como su nombre indica se reflejan los descuentos por las cotizaciones a cargo del perceptor y el correspondiente al pago a cuenta por el IRPF.
Todas las cotizaciones se obtienen automáticamente, sin que el usuario deba informar de los tipos de cotización.
  • Pie
Se presenta al final de la hoja, es el resumen de la liquidación.
Contiene las sumas o bases, que han servido para calcular las cuotas de cotización y retención por el IRPF en elsiguiente orden:
Remuneración: Es la suma de los conceptos de nómina de carácter salarial y por tando cotizables (se reciben como contraprestación a la realización del trabajo) y que aparecen agrupados en el cuerpo de la nómina como "Percepciones Salariales".
Esta suma se utiliza para la obtención de las bases de cotización.
Prorratas Pagas Extra:  Es el resultado de repartir las pagas extraordinarias (o cualquier otra de caracter no mensual) entre los meses de devengo de dichas pagas.
Independientemente de la fecha de liquidación, es necesario repartir las cuantías de periodicidad no mensual, tales como las pagas extraordinarias, entre los meses de devengo. Esta cuantía formará parte de las bases de cotización.
La normativa actual estabece que la cotización a la Seguridad Social por las pagas extraordinarias y cualquier otra de carácter no mensual, debe llevarse a cabo mensualmente y no cuando éstas se liquidan al llegar su vencimiento (aunque en este ejemplo realmente se pagan mensualmente).
Base de Contingencias Comunes: Es la suma de la Remuneración más las Prorratas Pagas Extras. Las cotizaciones por "Contingencias Comunes" se calculan aplicando a esta base los porcentajes reglamentarios.
Como ya se ha explicado en el curso, su cuantía está limitada por topes mínimos y máximos, que el programa controla automáticamente.
La cuantía de las horas extraordinarias no se suma a esta base. Si se liquidan horas extraordinarias, se produce una cotización adicional por contingencias comunes y para calcular las cuotas se aplican los porcentajes directamente a la cuantía de dichas horas.
Base de Accidentes: Es la suma de la Remuneración más las Prorratas Pagas Extras más las Horas Extraordinarias, por lo que si no se liquidan horas extraordinarias, coincidirá con la Base de Contingencias Generales (salvo casos de aplicación de los topes).
El resto de cotizaciones: Desempleo, Formación Profesional, Fondo de Garantía Salarial, ITE e IMS (estas tres últimas a solo cargo de la Empresa), se obtienen aplicando los tipos de cotización a esta base.
Esta base también está limitada por topes mínimos y máximos, que el programa controla automáticamente.
Base Imponible:  Es la suma de todos los conceptos que tributan por el IRPF, sobre la que se aplica el porcentaje del IRPF para obtener la retención a cuenta del impuesto.
Hay conceptos de nómina exentos de tributación, cuya cuantía no suma a la Base Imponible, como por ejemplo dietas y algunas indemnizaciones.
Estos conceptos y cuantías están limitados por la ley del IRPF.
Para su control la Agencia Tributaria clasifica las percepciones en claves y subclaves, por ejemplo las percepciones habituales por rendimientos del trabajo son clave "A", las percepciones exentas son clave "L" y subclave "05", "01"... El programa controla automáticamemente el impuesto IRPF. Las claves de los conceptos de nómina, se definen como una propiedad de cada uno de ellos, en la ventana de mantenimiento de la pestaña "Tareas Esporádicas".
Devengado: Es la suma de todos los conceptos de nómina que aparecen en el cuerpo, independientemente de la cotización o tributación.
Deducciones: Es la suma de todos los descuentos por cotizaciones, impuestos, anticipos, retenciones judiciales, etc.
Líquido a Percibir: Es el resultado de la liquidación. Comosu nombre indica, es la cuantía que hay que pagar al trabajador.







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